Permiso de ingreso a proveedores
Ingresos habilitados al barrio:
Se autoriza “EXCLUSIVAMENTE” el ingreso al barrio a todas las actividades aprobadas por el DNU 297/20 y sus posteriores ampliaciones de actividades en sucesivos decretos. Es necesario que el proveedor o prestador del servicio cuente con su Certificado Único de Circulación (CUC).
Complementariamente se solicita que todas las personas ajenas al barrio que presten servicios a la comunidad deberán ingresar con barbijos o tapabocas usarlo en el ámbito del Club sin excepción.
ACTIVIDADES HABILITADAS PARA INGRESAR AL CLUB
. Personal terapéutico de niños, adolescentes y adultos con discapacidad, así como también personal que atienda a adultos mayores o enfermos crónicos. NO ESTÁ PERMITIDO EL INGRESO DE PERSONAL DOMÉSTICO FUERA DE ESTAS EXCEPCIONES.
. Personal de mantenimiento y fumigación, de parques y espejos de agua.
. Mantenimiento de los servicios básicos (agua, electricidad, gas, comunicaciones, etc.) y atención de emergencias
. Transporte público de pasajeros (taxis/remisses) habilitados.
. Reparto a domicilio de alimentos, medicamentos, productos de higiene, de limpieza y otros insumos de necesidad.
. Servicios de lavandería.
. Servicios postales y de distribución de paquetería.
. Servicio de reparto de supermercados mayoristas/ minoristas y comercios minoristas de proximidad. Farmacias. Ferreterías. Veterinarias. Provisión de garrafas.
. Servicio de delivery de comidas.
. Actividades de telecomunicaciones, internet fija y móvil y servicios digitales.
. Venta de insumos y materiales de la construcción provistos por corralones. (RECUERDE QUE LA ACTIVIDAD DE CONTRATISTAS ESTÁ SUSPENDIDA HASTA EL 26 DE ABRIL INCLUSIVE).
IMPORTANTE:
Recordamos que NO está permitido el ingreso de visitas y la realización de reuniones o eventos con personas que no conforman el grupo de convivencia del hogar.
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